Hill-Green v. Experian Information Solutions, Inc.
Fraud Shield Settlement
3:19-cv-708-MHL (E.D. Va.)

Preguntas frecuentes

 

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  • Un Tribunal autorizó un aviso del Grupo de Demandantes para informar a los posibles Miembros del Grupo de Demandantes sobre la Notificación de Conciliación propuesto y sus derechos. Antes de que se dictase sentencia definitiva, el Tribunal llevará a cabo una audiencia para decidir si aprueba el Acuerdo de conciliación. La Notificación es solo un resumen del Acuerdo de Conciliación. Encontrará más detalles sobre el Acuerdo de Conciliación propuesto en el Acuerdo de Conciliación.

    La demanda se denomina Hill-Green v. Experian Information Solutions, Inc., N.º 3:19-cv-708 (E.D. Va.). La jueza M. Hannah Lauck del Tribunal de distrito de los Estados Unidos de Norteamérica para el distrito este de Virginia está supervisando el caso. La persona que demandó se denomina “Demandante” o “Demandante Nombrada”; la compañía a la que demanda se denomina “Experian” o “Demandada”.

  • La demanda alega que Experian infringió la Ley de Informes de Crédito Justos (Credit Reporting Act) cuando: (1) informó de manera incorrecta las direcciones residenciales de algunos consumidores como de alto riesgo o no residenciales, (2) no tenía procedimientos para asegurarse de informar los Indicadores de Fraud Shield con precisión (o de manera correcta) y (3) no quitó información adversa (que perjudica su solvencia) en los informes después de siete años. Experian niega estos reclamos y que hubiese hecho algo malo.

    El Tribunal no decidió si alguna de las partes tenía razón o no. En cambio, ambas partes aceptaron el Acuerdo de conciliación para resolver el caso y proporcionar beneficios a los consumidores.

  • Una demanda colectiva intenta presentar reclamos similares en un caso en un tribunal. En una demanda colectiva, una o más personas denominadas los “Representantes del grupo” (en este caso, Lisa Hill-Green) presentan el caso ante el tribunal. Tienen su nombre en el título del caso. Ellos están entablando la demanda en su nombre y en nombre de las personas que tienen reclamos similares, denominadas Grupo o Miembros del grupo que, en este caso, podrían incluirlo. Un tribunal resuelve los problemas para todas las personas del Grupo de demandantes. El Representante del grupo presentó este caso como una demanda colectiva propuesta.

  • El Tribunal no ha fallado en favor de la Demandante ni de la Demandada. En cambio, ambas partes llegaron a un Acuerdo de Conciliación para evitar los costos y riesgos de un largo juicio y del proceso de apelaciones. Los Miembros del Grupo de Demandantes recibirán los beneficios detallados en esta notificación. Las partes consideran que el Acuerdo de conciliación propuesto es lo mejor para todos los Miembros del grupo.

  • Solo hay un Acuerdo de Conciliación en este caso, Hill-Green v. Experian, pero ha cambiado a lo largo del tiempo. El Acuerdo de Conciliación dispone tanto una medida cautelar como un resarcimiento pecuniario por daños y perjuicios a algunos consumidores. Una medida cautelar ocurre cuando un tribunal ordena a una persona o compañía que haga o no algo. En este caso, el Tribunal ordenó a Experian cambiar sus prácticas comerciales para su producto de Fraud Shield.

    El 27 de abril de 2022, el Tribunal aprobó un Acuerdo de conciliación que proporcionaba beneficios a todos los Miembros del grupo en la forma de cambios ordenados por el Tribunal en las prácticas comerciales de Experian. No proporcionó dinero a los Miembros del grupo y no resolvió los reclamos contra Experian en el litigio.

    Recientemente, las partes acordaron modificar el Acuerdo de Conciliación para introducir cambios adicionales ordenados por el Tribunal a las prácticas comerciales de Experian (el “Acuerdo de Conciliación Ampliado”), así como la posibilidad de que ciertos consumidores que resultaron potencialmente perjudicados por el informe de Experian de Indicadores de Fraud Shield de dirección no residencial o de alto riesgo (el “Grupo de Demandantes de Dinero”) reciban un pago (consulte la Pregunta Frecuente 9). El Tribunal celebrará una audiencia definitiva (la “Audiencia de Aprobación Definitiva”), el 1 de marzo de 2023 a las 11:00 a. m, hora del este, para decidir si aprueba o no el Acuerdo de Conciliación actualizado (consulte la Pregunta Frecuente 20).

    El 29 de septiembre de 2022, el Tribunal otorgó la Aprobación preliminar para la propuesta de Conciliación. Se emitió un Aviso de conciliación a los Miembros del grupo en virtud de la Regla 23(b)(3) por correo postal y/o electrónico.

    El Tribunal llevó a cabo una audiencia definitiva el 1 de marzo de 2023 a las 11:00 a. m, hora del este, para aprobar el Acuerdo de conciliación actualizado. El Tribunal dictaminó la Aprobación definitiva del Acuerdo de conciliación.

  • El Tribunal ha decidido que los consumidores siguientes están en el Grupo de demandantes de dinero: (1) cualquier persona que probablemente se hubiese visto afectada por el informe de Experian de ciertos Indicadores de Fraud Shield desde el 1 de julio de 2018 hasta el 31 de julio de 2021 o (2) cualquier persona que, desde el 1 de septiembre de 2017 hasta el 31 de julio de 2021, se hubiese comunicado con Experian para preguntar o cuestionar sobre un indicador de dirección no residencial o de alto riesgo.

    Los criterios completos para saber quién está incluido pueden encontrarse en el Acuerdo de Conciliación.

    Como Miembro del grupo de demandantes de dinero, usted podía consultar qué direcciones informó Experian sobre usted y que se etiquetaron como no residenciales o de alto riesgo cuando presentó un reclamo.

    Si usted es miembro del Grupo de Demandantes de Dinero, también es miembro del Grupo de Demandantes de Cambio de Política, que incluye:

    todos los consumidores en los Estados Unidos de Norteamérica para quienes Experian, dentro de los dos años previos a la presentación de la Demanda en esta acción y durante su sustanciación, proporcionó un informe del consumidor a un tercero que contenía un Indicador de Fraud Shield n.º 10, 11, 16 o 17 inexacto que indicaba que la dirección del consumidor era una dirección de alto riesgo o no residencial.

  • Cuando solicitase un crédito, los posibles acreedores pueden comunicarse con Experian para obtener su informe de crédito. Además de un informe de crédito estándar, los posibles acreedores también pueden solicitar a Experian que proporcionase información adicional que ayudase al acreedor a detectar un posible fraude. Esta información adicional es proporcionada por el producto Fraud Shield de Experian.  Si la información que proporciona cuando solicita un crédito o cierta información que ya se encuentra en su archivo de crédito, cumpliese con ciertos criterios, el producto Fraud Shield devolverá un “Indicador”, señalando la presencia de los criterios.

    Específicamente, cuando solicitase un crédito, un posible acreedor puede solicitar que Experian verificase la dirección que proporcionó en su solicitud, junto con las direcciones actuales y anteriores en su archivo de crédito de Experian, contra la información de dirección que obtuviese de otras fuentes.  Esta información le indica a Experian si se ha utilizado una dirección para una empresa y si la empresa es de un tipo que Experian cree que puede estar asociado con un fraude.  Si se hubiese asociado una dirección con ese tipo de negocio, Experian la informará como no residencial e informará qué tipo de negocio parece ser.  Si los registros de Experian indicasen que la dirección es un cierto tipo de dirección comercial de alto riesgo (por ejemplo, una prisión), Experian también marcará la dirección como potencialmente asociada con el fraude y aconsejará al posible acreedor que se comunicase con usted directamente para obtener más información.

  • Si aún no está seguro de si está incluido en los Grupos de Demandantes, llame al número gratuito 1-877-917-0074 o consulte el sitio web de este Acuerdo de Conciliación.

    También puede comunicarse con los abogados que lo representan para obtener más información o asistencia en: ExperianAddressSettlementCounsel@bm.net, o escriba a: Experian Settlement Class Counsel, 763 J Clyde Morris Blvd., Suite 1A, Newport News, VA 23601.

  • Experian ha convenido pagar USD 22,450,000 (el “Fondo del grupo del acuerdo de conciliación”) en beneficio del Grupo de demandantes de dinero. Las Partes estimaron que los Miembros del Grupo de demandantes de dinero recibirán cada uno entre USD 300 y USD 900. Esta solo fue una estimación y el monto preciso del pago dependió de la cantidad de personas que presentaron formularios de reclamo válidos y de lo que el Tribunal decidió adjudicar por el pago de servicios del Representante del grupo, los honorarios y gastos de abogados y los costos de administración y aviso. Los pagos a cada Miembro del Grupo de demandantes de dinero que hubiese presentado un formulario de reclamo válido se comenzaron a emitir en mayo de 2023.

    Los Miembros del Grupo de demandantes de dinero también se benefician de los cambios adicionales que Experian realizará en sus prácticas comerciales. El Acuerdo de conciliación expandido requiere que Experian, por cuenta y cargo propio, diseñe, implemente y mantenga procedimientos específicos y sustanciales que aborden las inquietudes de la demanda sobre cómo Experian maneja datos no residenciales y reporta Indicadores de Fraud Shield. En la Pregunta Frecuente 6 se proporciona más información sobre los beneficios del cambio de política.

  • La fecha límite para presentar un Formulario de reclamo se cumplió el 30 de enero de 2023.

  • El Tribunal concedió la Aprobación definitiva de la conciliación el 2 de marzo de 2023 y ya está vigente. Los pagos de la Conciliación a cada Miembro del grupo de demandantes de dinero que hubiese presentado un Formulario de reclamo válido se comenzaron a emitir en mayo de 2023. Para ver actualizaciones, puede consultar el sitio web de la Conciliación (www.FraudShieldSettlement.com).

  • El Tribunal dictaminó la Aprobación definitiva del Acuerdo de conciliación. Usted renunció al derecho de demandar a Experian en una demanda representativa o colectiva por cualquier reclamo contemplado en esta demanda, incluidos los reclamos relacionados con la denuncia de Experian de Indicadores de Fraud Shield de dirección no residencial o de alto riesgo. Esto se denomina “exención” de sus reclamos.

    La decisión del Tribunal en este caso se aplica a los Miembros del grupo de demandantes aunque hayan objetado el Acuerdo de conciliación o tengan algún otro reclamo, demanda o proceso en curso en contra de Experian relacionado con los mismos reclamos. Si tiene alguna pregunta sobre la exención, entonces, debe visitar el sitio web del Acuerdo de Conciliación, para obtener más información o consultar a un abogado (consulte la Pregunta Frecuente 16).

    Si los Miembros del Grupo de Demandantes no se excluyen del Grupo de Demandantes de Dinero, no podrán demandar a Experian por informar su dirección de manera inexacta como no residencial o de alto riesgo, si dicho informe tuvo lugar antes de la Fecha de Entrada en Vigencia del Acuerdo de Conciliación. Los Miembros del grupo de demandantes aceptaron una 'Exención de reclamos', conforme se indica a continuación, que detalla exactamente los reclamos legales a los que renunciaron.

    Las “Reclamaciones Exoneradas” son reclamaciones de cada miembro del Grupo de Demandantes del Acuerdo [Monetario] en virtud de la Regla 23(b)(3) y sus respectivos cónyuges, herederos, ejecutores, administradores, representantes, agentes, abogados, socios, sucesores, predecesores, cesionarios y todos aquellos que actúen o pretendan actuar en su nombre, que realmente se interpusieron o que se podrían haber interpuesto en función de las acusaciones en la demanda vigente o [el informe de Experian de los Indicadores de Fraud Shield que indica que la dirección del consumidor era una dirección de alto riesgo o no residencial (Indicadores Fraud Shield 10, 11 16, y 17)] en este Litigio. Los Reclamos exonerados del Grupo de demandantes [de dinero] de la Regla 23(b)(3) no incluyen reclamos independientes y no relacionados con [la presentación de informes de Experian sobre los Indicadores de Fraud Shield 10, 11, 16 o 17] o reclamos presentados en virtud del artículo 15, sección 1681i del Código Federal de los Estados Unidos de Norteamérica (United States Code, U.S.C.) o por alegaciones de inexactitud distintas de las relativas a [la presentación de informes de Experian sobre los Indicadores de Fraud Shield 10, 11, 16 o 17]. Los Reclamos exonerados del grupo de demandantes [de dinero] de la Regla 23(b)(3) incluyen los reclamos por daños reales, daños legales, daños punitivos, honorarios de abogados y cualquier tipo de reparación, incluidos los reclamos presentados sobre la base de una acción de clase, masiva o colectiva y los reclamos presentados sobre una base individual y no representativa.

  • La fecha límite para excluirse del Acuerdo fue el 13 de febrero de 2023.

  • No, a menos que los Miembros del grupo de demandantes se hayan excluido de forma voluntaria del Grupo de demandantes de dinero, no podrán demandar a Experian por informar su dirección de manera inexacta como no residencial o de alto riesgo, si dicho informe tuvo lugar antes de la Fecha de entrada en vigencia del Acuerdo de conciliación. La fecha límite para excluirse del Acuerdo fue el 13 de febrero de 2023.

  • No, no recibirá un pago si se excluyó del Grupo de demandantes de dinero.

  • Sí, el Tribunal aprobó a las siguientes firmas de abogados como los “Abogados del grupo” para que lo representasen a usted y a otros Miembros del grupo:

    • Leonard Bennett, de Consumer Litigation Associates, P.C., en Newport News, Virginia;
    • Kristi Kelly, de Kelly Guzzo PLC, en Fairfax, Virginia y
    • E. Michelle Drake, de Berger Montague PC, en Minneapolis, Minnesota.


    No se le cobrará por los servicios de estos abogados. Puede contratar a su propio abogado para que lo representase, si así lo deseara, pero será responsable de pagar los honorarios y gastos de su abogado.

    Puede comunicarse con los abogados que lo representasen para obtener más información o asistencia en: ExperianAddressSettlementCounsel@bm.net, o escriba a: Experian Settlement Class Counsel, 763 J Clyde Morris Blvd, Suite 1A, Newport News, VA 23601.

  • Los Abogados del grupo solicitarán al Tribunal que apruebe los honorarios y gastos de los abogados por un monto de hasta el 33 % del Fondo del grupo del acuerdo de conciliación y un pago por servicio de USD 10,000 al Representante del grupo. Si el Tribunal aprobase estos montos, se pagarán del Fondo del grupo del acuerdo de conciliación.

    Los Abogados del Grupo de demandantes presentaron una solicitud de honorarios y gastos de abogados el 1 de enero de 2023. Usted podrá revisar la Solicitud de los Demandantes para adjudicación de honorarios de los abogados, costos y Compensación por los servicios prestados por el Representante del Grupo de demandantes en la página de Documentos importantes. El Tribunal aprobó la solicitud el 2 de marzo de 2023.

  • La fecha límite para objetar el Acuerdo de conciliación fue el 30 de enero de 2023.

  • Objetar solo significa decirle al Tribunal que no le agrada algo del Acuerdo. Al optar por no participar o al excluirse, le dice al Tribunal que no desea que se lo incluya en el Acuerdo de conciliación.

    La fecha límite para objetar el Acuerdo de conciliación fue el 30 de enero de 2023. La fecha límite para excluirse del Acuerdo fue el 13 de febrero de 2023.

  • El Tribunal llevó a cabo una Audiencia de aprobación definitiva el 1 de marzo de 2023, a las 11:00 a. m., hora del este, ante el juez Lauck, en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia, Richmond Division, 701 East Broad Street, Richmond, Virginia 23219. En la audiencia, el Tribunal analizó si el Acuerdo de conciliación propuesto era justo, razonable y adecuado. Las Partes y otras personas interesadas tuvieron la oportunidad de hablar a favor o en contra del Acuerdo propuesto. El Tribunal dictaminó la Aprobación definitiva del Acuerdo de conciliación el 2 de marzo de 2023.

  • La Audiencia de aprobación definitiva se llevó a cabo el 1 de marzo de 2023.

  • La Audiencia de aprobación definitiva se llevó a cabo el 1 de marzo de 2023.

  • Si no hizo nada, no recibirá un pago en efectivo. El Tribunal dictaminó la Aprobación definitiva del Acuerdo de conciliación. Está obligado por la sentencia definitiva dictada por el Tribunal y los reclamos exonerados que se detallan en el Acuerdo de Conciliación

  • Podrá encontrar más información sobre este Acuerdo de Conciliación, el plazo de aceptación de apelaciones, la fecha en que el Acuerdo de Conciliación adquiere carácter definitivo, los plazos y sus opciones en un documento más extenso denominado Acuerdo de Conciliación.

    Además, algunos de los documentos clave del caso se publican en la página Documentos Importantes.

    También puede enviar las preguntas que tenga al Administrador del Acuerdo de Conciliación a Fraud Shield Settlement, c/o JND Legal Administration, P.O. Box 91215, Seattle, WA 98111. También puede enviar un correo electrónico a info@FraudShieldSettlement.com o llamar al número gratuito 1-877-917-0074.

    No escriba ni llame al juez ni a ningún miembro del personal del Tribunal en relación con esta demanda o Notificación de Acuerdo de Conciliación.

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